Acerca-de
HOSTAL NATURA ubicado en Boulevard Kukulkán Kilómetro 9.5, Lote 11 D, Zona Hotelera, Cancún, Quintana Roo, Código Postal 77500, teléfono 998 883 0887. El servicio contratado comprenderá solamente: el albergue o alojamiento, energía eléctrica, agua fría y caliente, aire acondicionado, cama, sábanas, funda de almohada, televisor, papel higiénico, un locker personal (Llave incluida, por lo que el hostelero no se hace responsable de los objetos perdidos o sustraídos. Si el huésped pierde o daña esta llave, deberá pagar un costo extra de $60.00 pesos) sin incluir: los alimentos, toallas (las toallas las rentamos en $40.00 pesos), lavado y planchado de ropa y demás gastos que origine el hospedaje que en caso de requerirlo el huésped deberá éste contratarlos por separado. Obligándose el huésped a retribuir al hostelero, una tarifa POR CADA NOCHE, durante todo el periodo del alojamiento y mientras no registre su salida, desocupación o entrega de la habitación, y en la forma siguiente:
Total A Pagar/Balance Due: Forma de Pago/ Payment Method:
Favor de no ocupar otra cama que no sea la suya o será cobrado el monto total. / Please do not occupy another bed that is not yours or the total amount will be charged.
El hostelero, además se obliga:
I. A no estorbar ni entorpecer, de manera alguna, el uso de la habitación, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables y servicios de limpieza diaria;
II. A garantizar el uso o goce pacífico de la habitación, por todo el tiempo del contrato;
III. A responder de los daños y perjuicios que sufra el huésped por Los defectos o vicios ocultos del apartamento objeto del contrato, anteriores al hospedaje;
IV. A no mudar la forma de la habitación ni a intervenir en el uso legítimo de él, salvo el caso de reparaciones urgentes e indispensables;
V. Expedir al huésped el recibo correspondiente por la cantidad que éste le entregue, por concepto de la retribución estipulada;
VI. A devolver el saldo a favor del huésped al terminar el hospedaje, en caso de que lo hubiere, y a cumplir con todas las demás obligaciones que el Código Civil impone a los hosteleros.
El huésped, además, se obliga:
I. A pagar cumplidamente, la retribución estipulada en el presente contrato.
II. A servirse de la habitación dada en hospedaje sólo para casa habitación;
III. A no conceder el uso del mismo, en todo o parte, a otra u otras personas;
IV. A no hacer cambio en el mismo sin el consentimiento, previo y por escrito, del hostelero;
V. A dar aviso al hostelero de toda novedad perjudicial para la habitación, así como de las goteras y deterioros de la misma, siendo responsable de los daños y perjuicios que su omisión cause;
VI. A conservar la habitación en el buen estado en que la recibió, y a devolverla en ese mismo estado al terminar el contrato;
VII. Recibir los servicios de limpieza de la habitación en el horario comprendido entre las 12:00 y 15:00 horas del día; cumpliendo con todas las obligaciones el Código Civil impone a los huéspedes, a menos que se estipule algo diferente.
VIII. Devolver la llave del locker personal que se le haya asignado, las sabanas y funda de almohada.
IX. Por cualquier daño en sábanas el huésped deberá pagar la cantidad adicional de $200 pesos. Por cualquier daño en fundas el huésped deberá pagar la cantidad adicional de $50 pesos. El huésped autoriza al hostelero a cobrar o compensar estos pagos contra el depósito que hubiere dejado el huésped al registrarse o mediante cargos a su tarjeta de crédito.
X. No se permite introducir drogas dentro del Hostal o Restaurante, las bebidas alcohólicas solo se aceptan en la terraza; en caso de incumplimiento se llamará a la policía o autoridades correspondientes.
Será causa de vencimiento anticipado del periodo del hospedaje o de rescisión del contrato, y de expulsión del hotel, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del huésped, en consecuencia, quedará autorizado el hostelero y el personal del hotel a retirar de la habitación las pertenencias del huésped y retenerlas hasta en tanto le sea cubierto el importe de la retribución convenida por el hospedaje.
El transcurso de un plazo de treinta días sin que el huésped cubra la retribución convenida por el hospedaje implicará la autorización al hostelero de considerar abandonadas dichas pertenencias del huésped y/o cedidas al hostelero en pago de la retribución convenida por el hospedaje.
No se admitirán en la habitación mascotas, ni la introducción de aparatos eléctricos y electrónicos para escuchar música ni para cocinar.
El cobro de la habitación se genera a partir de la entrega de la misma y se cobra la renta convenida a partir de la misma entrega;
La hora límite para desalojar una habitación debe ser a las 12 horas del día; el huésped podrá gozar de un periodo de tolerancia de 60 minutos a partir de dicha hora de salida a cuyo vencimiento, deberá cubrir el importe de la retribución convenida por otra noche de alojamiento, aunque registre salida o desocupe la habitación, autorizando al hostelero a realizar los cargos correspondientes en la cuenta o tarjeta de crédito que haya usado como forma de pago el huésped.
Se proporcionará la habitación a más tardar a las 15:00 horas.
La habitación se encuentra compuesta por una recámara de uso compartido para el huésped y otros huéspedes. Los baños con regadera se ubican en un área separada de la habitación. Los baños con W.C. se ubican en un área separada de la habitación. Tanto la recámara como los baños se encuentran debidamente amueblados, en perfectas condiciones de uso, higiene y salubridad. El huésped se da por recibido de dicha habitación y baños para su uso compartido con otros huéspedes, y constata que se encuentra en las condiciones indicadas en el presente párrafo.
El huésped tendrá 15% de descuento en sus consumos en el reconocido Restaurante Natura y 10% en Burritos (solo aplica con el brazalete puesto).
El huésped se obliga a efectuar el pago de aquellos deterioros que hayan sido causados por él en la habitación objeto del presente contrato, debiendo cubrir el precio de muebles o artículos eléctricos o electrónicos con los que cuenta la habitación y el costo de las reparaciones al inmueble o a sus instalaciones.
El hostelero no será responsable de valores no depositados en la Caja de Seguridad del hotel.
El huésped manifiesta que está dispuesto a usar por cuenta y riesgo propio las instalaciones y estancias del hotel, obligándose a tomar en ello el cuidado y precaución necesarios, por lo que en caso de cualquier accidente, daños o lesiones que pudiere sufrir serán causa de su propia responsabilidad, liberando y condonando al hostelero de toda responsabilidad derivada del uso de las instalaciones y estancias comunes que conforman el HOSTAL NATURA , no reservándose el huésped acción ni derecho alguno, civil ni penal, en contra del hostelero.
El huésped manifiesta que ha sido informado también que está prohibido fumar en el interior de las habitaciones del HOSTAL NATURA , así como causar desórdenes, hacer ruidos o realizar conductas que molesten a los demás huéspedes, usar en el hotel enervantes o sustancias prohibidas por la ley, por lo que se obliga en cada uno de estos casos a pagar adicionalmente una pena convencional por la cantidad de $5,000.00 (Cinco mil Pesos, Moneda Nacional) independientemente de que el hostelero podrá dar por terminado anticipadamente o rescindir el contrato de hospedaje y expulsar o solicitar la expulsión del huésped ante las autoridades de seguridad pública municipal. En esto casos no existirá obligación del hostelero de reembolsar al huésped cantidades pagadas o cargadas por anticipado.
Conforme a la NORMA Oficial Mexicana NOM-07-TUR-2002, el huésped queda informado de que: 1 El hostelero cuenta con un contrato de seguro de responsabilidad civil con número de Póliza YSA397130000 expedida por AXA Seguros, S.A. de C.V., cubriendo los requisitos mínimos establecidos en la citada Norma Oficial Mexicana, el cual no es cancelable durante su vigencia y se conserva en todo momento a disposición del huésped el comprobante único que demuestra el pago oportuno de las primas del seguro. 2. En dicha póliza se establece con claridad las coberturas básicas por muerte o el menoscabo de la salud de los turistas o usuarios, el deterioro, pérdida o la destrucción de bienes propiedad de los mismos, derivados de las actividades propias del prestador de servicios turísticos; incluyendo su responsabilidad como propietario, arrendatario o usufructuario de terrenos, edificios o locales, utilizados para su actividad, así como las instalaciones comprendidas dentro de los mismos, o por la prestación de servicios básicos y complementarios que suministre a terceros, y la responsabilidad civil legal personal de sus empleados y trabajadores derivada del desempeño de sus funciones. Así como que las sumas aseguradas, por RESPONSABILIDAD CIVIL básica es de $2’000,000.00 de pesos, con un sublímite por empleado de $305,000.00 pesos, adicionalmente una suma asegurada por DAÑOS MATERIALES $50,000.00 pesos. 3. El contrato de seguro se encuentra celebrado en idioma español. 4. La información se hace al turista o usuario además mediante avisos colocados en la recepción. 5. La información que se proporciona sobre el seguro debe es suficientemente clara y explícita. 6. La póliza señalar los riesgos no amparados, especialmente: Por RESPONSABILIDAD CIVIL quedan excluidos Productos y Trabajos Terminados, Arrendatario, Contractual o Asumida, Cruzada, Subsidiaria de Autos, Estacionamiento Riesgo Accesorio, Sublímite por Vehículo, por DAÑOS MATERIALES $50,000.00 se excluyen Inmueble, Contenidos, Mercancías y Mobiliario en General, Sublímite Combustión Espontánea, Equipo Electrónico Fijo, Equipo Electrónico Portátil, Maquinaria, Calderas, Cristales, Anuncios, y especialmente el seguro excluye ROBO DE BIENES, Robo de Contenidos, Equipo Electrónico Portátil Fuera, Sublímite Robo a Clientes.
En caso de que ocurra alguno de los riesgos establecidos en el contrato de seguro, es requisito para presentar reclamaciones, un límites mínimos de su monto por $6,000.00 pesos. Es requisito de forma para presentar reclamaciones, que las mismas se comuniquen por escrito al hostelero en la misma fecha en que ocurran los riesgos o siniestros.
En el texto de la póliza se menciona que los términos y condiciones del seguro contratado, cumplen con los requisitos mínimos establecidos en la citada Norma, para lo cual el hostelero se ha cerciorado que la póliza cubra los aspectos mencionados en la misma. El periodo de cobertura del turista o usuario tendrá aplicación mientras dure su estancia en el HOSTAL NATURA.
Servicios
- Mapa de la ciudad gratuito
- WiFi Gratis
- Acceso a Internet gratuito
- Taquillas de seguridad gratuitas
- Consigna de equipaje gratuita
- Adaptadores
- Translado de Aeropuerto
- Consigna